Gerardo Moisés Alter nació en la ciudad de La Plata (Provincia de Buenos Aires - Argentina) el 10 de agosto de 1946. Estudió en el Colegio Industrial Nº 1 Albert Thomas, donde se recibió de Técnico en Automotores y, posteriormente, comenzó la carrera de Arquitectura y Urbanismo en la Universidad Nacional de La Plata.
En 1968 se trasladó a la Provincia de Río Negro (Argentina) en donde vivía una hermana y allí trabajó en un establecimiento vinculada a la construcción. En diciembre de ese mismo año intentó inscribirse en la Facultad de Arquitectura de Roma (Italia) pero dificultades administrativas le impidieron concretar esa posibilidad y decidió continuar sus estudios en La Plata. En esa misma época comenzó a vincularse con la militancia política. Integrándose activamente al Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT) primero y luego en la formación en el año 1970 del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP).
En el año 1972 se iniciaron en Chile reuniones de distintos grupos revolucionarios de la región que dan lugar a conformación de la Junta de Coordinación Revolucionaria (JCR), que estaba conformada por el Partido Revolucionario de los Trabajadores-Ejército Revolucionario del Pueblo (Argentina), el Ejército de Liberación Nacional (Bolivia), el Movimiento de Izquierda Revolucionario (Chile) y el Movimiento de Liberación Nacional -Tupamaros (Uruguay). El objetivo de esa coordinación era consolidar la colaboración entre los distintos grupos guerrilleros de América del Sur. En junio de 1973 se produjo una segunda reunión en Rosario (Argentina) de la JCR y, entre los acuerdos, se definió el intercambio de militantes entre las distintas organizaciones.
El 11 de julio de 1973, unas pocas semanas luego del golpe de Estado en Uruguay, Gerardo viajó a Montevideo a integrarse a la militancia del Movimiento de Liberación – Tupamaros, organización que desde 1972 estaba fuertemente castigado por la represión desatada sobre sus miembros. La mañana del 19 de agosto de ese año, mientras Gerardo buscaba realizar un contacto en la vía pública, fue detenido junto a los uruguayos Walter Arteche y Jorge Selves. Los tres militantes fueron trasladados al Batallón de Infantería N° 1, más conocido como “Batallón Florida”, donde fueron brutalmente torturados.
Gerardo y Walter murieron ese mismo día a causa de las terribles torturas sufridas. En el Hospital Central de las Fuerzas Armadas, donde Gerardo llegó sin vida, se constató su muerte y se dispuso que fuera enterrado en una fosa común del Cementerio del Norte de Montevideo como una persona de identidad desconocida. Varios años más tarde su familia logró localizarlo y repatriar sus restos para darles sepultura en Argentina.
Su hermana Rosalía presentó en Uruguay, el 29 de octubre de 1986, una denuncia ante la justicia por el asesinato de Gerardo. El Poder Ejecutivo resolvió rápidamente el archivo de la investigación por encontrarse comprendido dentro de la ley N.º 15.848 de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, conocida como “ley de impunidad”.
Recién en octubre de 2011, la justicia uruguaya procesó a dos ex-oficiales del ejército como responsables del hecho y solicitó la captura del ex jefe de la inteligencia militar del Batallón Florida, Hermes Tarigo que se encuentra prófugo.
En octubre de 2016 la fiscalía solicitó el procesamiento de doce militares por el asesinato de Alter bajo tortura. En junio de 2021 se procesó a los represores Pedro Enrique Buzó Correa, Antranig Ohannessian y Néstor Ramón Silvera Fonseca y en octubre de 2021 se logró el procesamiento del militar retirado e integrante del Órgano Coordinador de Operaciones Antisubversivas, Armando Méndez.
En marzo de 2022 la justicia uruguaya dispuso en la causa de Walter Arteche (asesinato conjuntamente con Alter) el procesamiento con prisión de los militares retirados Armando Méndez Caban, Antranig Ohannessian y, para Arturo Aguirre Percel, que alegó motivos de salud, se decretó que fuese examinados los efectos de analizar si podría ser conducido a la sede judicial o si corresponde otorgarle el beneficio de la prisión domiciliaria.